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TSJ de Cataluña Sala de lo Social, sec. 1ª, S 10-4-2014

Procedencia del despido disciplinario del trabajador que ostentaba la categoría profesional de programador por la instalación de un juego bélico on line. Tras la realización de una pericial informática se admite por el TSJ la transgresión de la buena fe y el abuso de confianza.

Procedencia del despido disciplinario del trabajador que ostentaba la categoría profesional de programador por la instalación de un juego bélico on line. Tras la realización de una pericial informática se admite por el TSJ la transgresión de la buena fe y el abuso de confianza. El programador instaló una aplicación de videojuegos sin licencia aprovechando los recursos del sistema de la empresa.

Si bien la sentencia de instancia acepta que existió conocimiento y tolerancia empresarial de la conducta del trabajador, conforme a lo alegado por éste en su defensa, no puede ser compartida esa conclusión por la Sala a la vista de la exposición fáctica de la sentencia de instancia.

Los únicos datos que pudo conocer la empresa por las propias informaciones del trabajador se concretan en la instalación de «piring» y «comprobación de latencias», actividades propias de su cometido laboral, sin que en momento alguno manifieste que ha procedido a la instalación en los servidores de la empresa de un juego bélico on line, como tampoco la circunstancia de que está permitiendo que terceros jugadores entren en el sistema, jueguen y descarguen sus recursos, consumiendo así espacio de servidor, ancho de banda, memoria y comprometiendo la seguridad de los datos de la empresa cliente.

Por todo lo cual la empresa recurrente considera que nos encontramos ante una conducta que encaja a la perfección en el concepto de transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza, de forma continuada, sin que sea de observar tolerancia alguna empresarial, dada la falta de conocimiento de la conducta del trabajador en toda su amplitud, ignorándose por la empresa datos esenciales que sólo salen a la luz tras la pericial informática llevada a cabo por la empresa, de ahí que proceda la calificación de procedencia del despido, por tratarse de una infracción de los deberes laborales, grave y culpable, merecedora de la máxima sanción laboral conforme a las previsiones de los artículos 54 y 55 del ET debiendo ser revocada la sentencia de instancia.

La sentencia del TSJ estima el recurso de suplicación interpuesto por la empresa y declara la procedencia del despido disciplinario del trabajador

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