Fiscalización empresarial del correo electrónico corporativo. Transgresión de la buena fe contractual. El TC avala que las empresas puedan vigilar el correo electrónico corporativo de sus trabajadores. No existe vulneración de la intimidad ni del derecho al secreto de las comunicaciones del empleado por cuanto se trata de un correo corporativo, para el cual tanto el Estatuto de los Trabajadores como el propio convenio sectorial, admiten dicho control, con el fin de verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales.