Recurre en casación para la unificación de doctrina el trabajador despedido contra sentencia que declaró procedente su despido. Desestima el TS el recurso, pues si bien el recurrente, por su condición de representante de los trabajadores, tiene derecho a desempeñar sus funciones «sin ser sometido a vigilancia singular», el empleo de la prueba de detectives en el caso de autos no aparece desproporcionada dado que sólo se limitó a los dos días en los que la empresa sospechaba que la ausencia anunciada estaba motivada por intereses personales. En efecto, la empresa no contrató a los detectives para vigilar al trabajador una vez que éste había solicitado los días para actividades sindicales, sino que, tras la llamada de un cliente haciendo un pedido, el recurrente solicitaba el crédito
sindical para poder atenderlo, de manera que la entidad tenía conocimiento de que ninguna actividad sindical se iba a desarrollar y simplemente necesitaba probarlo, y es en este contexto, y no en otro, en el que ha de valorarse la prueba practicada.