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2015

20150427161551

27 Abr: La reforma del Código Penal a través de la LO 1/2015 permitirá eludir la responsabilidad penal de las personas jurídicas en determinadas circunstancias

En el texto de la disposición se establecían los supuestos en los que las personas jurídicas podían ser penalmente responsables. En concreto El Título II del Código Penal en su artículo 31 bis especificaba que «en los supuestos previstos en este Código, las personas jurídicas serán penalmente responsables de los delitos cometidos en nombre o por cuenta de las mismas, y en su provecho, por sus representantes legales y administradores de hecho o de derecho»

ES