Copia y borrado de archivos informáticos por parte del trabajador. Incumplimiento de la obligación de no trasladar información fuera de los locales de la compañía. Se realiza prueba pericial informática que determina el borrado de archivos.
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Despido procedente por hurto. Pruebas videográficas obtenidas por detective privado. Valoración y naturaleza de los medios de prueba empleados.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña con fecha de 26-5-2014 ha dictado una sentencia que aglutina en sus fundamentos de derecho varias cuestiones de especial interés.
El absentismo laboral supone una carga económica muy importante para las Administraciones Públicas y para las propias empresas, que además provocan problemas a nivel organizativo y de competitividad en dichas organizaciones empresariales.
Por ello se debe exigir al trabajador que está de baja unas elementales pautas de conducta.
El TEDH con fecha de 27 de mayo de 2.014 ha publicado una sentencia que establece que la grabación videográfica realizado por un detective privado a una persona no supone una ingerencia ilegítima en sus derechos a la intimidad, honor o la propia imagen, según se establece en el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos que regula el derecho al respeto a la vida privada y familiar.
Hasta ahora el marco normativo que regulaba las actividades de investigación privada en nuestro país estaba principalmente recogido en la Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada.
Las marcas se registran para poder proteger el interés particular del titular que las inscribe.
Por otro lado, también existe un interés general que debe protegerse; el titular de la marca debe realizar un uso efectivo y real de la marca, de lo contrario se estará impidiendo que terceros puedan registrar marcas que realmente no se están utilizando.
Recurren ante la Audiencia Provincial de Albacete dos socios cooperativistas que han sido expulsados de la Cooperativa y sancionados económicamente.
Revisando la contabilidad la empresa detecta un incremento desmesurado del gasto en gasoil a lo largo del año a pesar de una notable disminución de la actividad en comparación con los datos del año anterior.
La Sala IV del Tribunal Supremo inadmite el recurso de casación para la Unificación de Doctrina. Se declara firme la sentencia del TSJ de Galicia de fecha 22 de marzo de 2.012.
Recurre en casación para la unificación de doctrina el trabajador despedido contra sentencia que declaró procedente su despido.

